El Noveno Circuito de Apelaciones de Estados Unidos rechazó la demanda de Amazon contra Perplexity AI y estableció que desarrollar un navegador con funciones de agente de IA no viola la Computer Fraud and Abuse Act (CFAA), siempre que sea el usuario quien ejecuta el acceso. El fallo tiene implicancias directas para el debate sobre responsabilidad de sistemas de IA en América Latina, donde reguladores y legisladores aún definen quién responde cuando un agente automatizado actúa en nombre de una persona.
El caso surgió cuando Amazon demandó a Perplexity AI por su navegador Comet, que incluye un asistente de IA agentic —capaz de navegar sitios web de forma autónoma para comparar precios— y que, según Amazon, accedía a cuentas de usuarios de su plataforma sin autorización. La compañía argumentó que eso constituía acceso no autorizado bajo la CFAA, una ley federal de 1986 pensada originalmente para perseguir intrusiones informáticas, pero que con frecuencia ha sido invocada por grandes corporaciones para bloquear a competidores más pequeños.
El argumento técnico que convenció al tribunal
La Electronic Frontier Foundation (EFF) presentó un escrito amicus curiae en el que explicó al tribunal la arquitectura real del sistema: no es Perplexity quien accede a los servidores de Amazon, sino el usuario que opera el navegador. El Noveno Circuito adoptó esa lectura y, según se informó, destacó expresamente que la explicación de EFF “articula la naturaleza del sistema con mayor claridad”. El fallo concluye que el asistente de IA “es una herramienta, no una persona a efectos del estatuto”, y que esa herramienta es operada por el usuario, no por la empresa que la desarrolló.
El tribunal también reconoció que la IA agentic plantea preguntas legales nuevas y que existe “escasa o nula jurisprudencia” sobre cómo atribuir responsabilidad a agentes de IA bajo el CFAA. Aun así, evitó pronunciarse sobre esas cuestiones más complejas: en este caso bastó con determinar que el control sobre el acceso residía en el usuario. Amazon podría tener otras acciones legales disponibles, señaló el tribunal, pero usar el CFAA era “legalmente infundado” y una mala política pública que podría exponer a los propios usuarios a responsabilidad penal.
El patrón que el fallo intenta frenar
La EFF subrayó que este tipo de litigios no es una anomalía: las grandes plataformas han utilizado el CFAA sistemáticamente para presionar a desarrolladores independientes que crean herramientas de acceso alternativas a sus servicios. El fallo del Noveno Circuito no solo beneficia a Perplexity, sino que sienta un precedente relevante para cualquier equipo que construya navegadores, scrapers, automatizaciones o agentes de IA que interactúen con plataformas de terceros. La distinción entre “el desarrollador accede” versus “el usuario accede mediante la herramienta” ahora cuenta con respaldo judicial explícito en una jurisdicción de alta influencia.
Qué significa esto para la región
En América Latina, la discusión sobre responsabilidad de agentes de IA todavía es incipiente. Brasil avanza con el PL 2338/2023 —su proyecto de ley de inteligencia artificial— que contempla criterios de atribución de responsabilidad para sistemas automatizados, aunque sin definir aún con precisión el rol del operador frente al desarrollador. México, por su parte, carece de un marco específico para IA, y la LFPDPPP no fue diseñada para resolver quién responde cuando un agente actúa sobre datos de un tercero. Argentina se encuentra en una situación similar: la Ley 25.326 establece obligaciones para quienes tratan datos personales, pero el escenario de un agente de IA que accede a información por instrucción del propio titular del dato abre preguntas que la norma no responde.
El razonamiento del Noveno Circuito —centrado en quién ejerce el control efectivo sobre el acceso— puede ser una referencia útil para legisladores y autoridades de la región cuando tengan que resolver casos análogos. La distinción no es trivial: si el agente de IA es tratado como actor independiente, la cadena de responsabilidad se extiende al desarrollador; si se lo trata como herramienta del usuario, la responsabilidad primaria recae en quien lo activa. Esa diferencia puede determinar si un startup de automatización enfrenta o no una demanda millonaria.
El lunes en la práctica
Para equipos legales y de producto que trabajan con agentes de IA en LATAM, el fallo sugiere al menos tres acciones concretas: revisar los términos de servicio de las plataformas con las que sus agentes interactúan para identificar cláusulas de acceso que puedan ser invocadas como fundamento de una demanda; documentar con claridad en el diseño del sistema quién inicia y controla cada sesión de acceso; y comenzar a monitorear cómo los proyectos de ley de IA en Brasil, Colombia y Chile abordan la atribución de responsabilidad en cadenas humano-agente. La jurisprudencia estadounidense no es vinculante en la región, pero históricamente ha influido en la redacción de marcos normativos locales.
Cuando las grandes plataformas usan el derecho como escudo competitivo, la claridad técnica se vuelve el argumento más poderoso — y los reguladores latinoamericanos deberían tomar nota antes de que el debate llegue a sus propios tribunales.

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