SDKs publicitarios exponen la ubicación de usuarios sin que los desarrolladores lo sepan

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Una investigación de la Electronic Frontier Foundation (EFF) identificó que varios kits de desarrollo de software (SDKs) publicitarios para Android comparten la ubicación de los usuarios por defecto, muchas veces sin que los propios desarrolladores de aplicaciones lo noten. El dato preocupa especialmente en América Latina, donde los marcos de protección de datos personales exigen consentimiento explícito para el tratamiento de datos de geolocalización.

El mecanismo es técnicamente sencillo pero con consecuencias de largo alcance: cuando un desarrollador integra un SDK publicitario en su aplicación y el usuario le otorga permisos de ubicación —por ejemplo, para mostrar contenido relevante según la ciudad—, ese SDK puede reenviar automáticamente las coordenadas a redes de publicidad programática y, desde allí, a brokers de datos de localización. La configuración por defecto, según la EFF, es la que habilita esta transferencia sin ninguna acción adicional del desarrollador.

Más que publicidad dirigida: usos de alto riesgo

La investigación documenta que los datos de geolocalización captados a través de sistemas publicitarios han sido utilizados para fines que van mucho más allá del marketing. Entre los casos citados figuran investigaciones migratorias de agencias como ICE en Estados Unidos, la exposición de la identidad de personas LGBTQ+, el seguimiento de sindicalistas y el rastreo de personal militar. Estos usos ilustran por qué la geolocalización está clasificada como dato sensible en la mayoría de las legislaciones de protección de datos personales vigentes en la región.

La EFF identificó de manera puntual a SDKs —entre ellos InMobi— que en su documentación pública reconocen recolectar y compartir datos de ubicación por defecto cuando la app tiene los permisos habilitados. El problema no es solo técnico: también es de diseño. Los incentivos financieros del ecosistema publicitario empujan a que la configuración por defecto favorezca la máxima recopilación de datos, y la documentación para desarrolladores suele ser ambigua respecto al alcance real del tratamiento.

El problema del consentimiento en cadena

Desde la perspectiva de la privacidad, el nudo central es quién consiente qué y a quién. Cuando un usuario acepta que una app de clima o de transporte acceda a su ubicación, difícilmente imagina que ese dato viajará a una red de intercambio publicitario en tiempo real (RTB, por sus siglas en inglés) y luego a múltiples brokers de datos. Este desfase entre la expectativa del usuario y el flujo real de la información es exactamente lo que las regulaciones de datos personales buscan corregir.

“Los desarrolladores podrían estar exponiendo inadvertidamente la información de ubicación de sus usuarios si no prestan especial atención a la configuración de sus herramientas publicitarias.”

— Electronic Frontier Foundation, informe técnico 2026

En Brasil, la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD) establece que el tratamiento de datos de geolocalización requiere base legal específica, y que el consentimiento debe ser libre, informado e inequívoco para cada finalidad. La Autoridade Nacional de Proteção de Dados (ANPD) ya ha señalado en sus guías de segurança que el uso de SDKs de terceros no exime al desarrollador de responsabilidad como controlador de datos. En México, la LFPDPPP obliga a los responsables del tratamiento a informar con claridad en el aviso de privacidad sobre las transferencias a terceros, lo que incluye redes publicitarias. En Argentina, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) considera que la geolocalización puede calificar como dato sensible según el contexto, activando las protecciones reforzadas de la Ley 25.326.

Responsabilidad del desarrollador como controlador

Un error frecuente en el ecosistema de aplicaciones móviles es asumir que la responsabilidad legal termina donde empieza el SDK. No es así. En la mayoría de los marcos legales de la región, el desarrollador que integra un SDK sigue siendo el responsable del tratamiento frente al usuario. Esto implica que debe conocer qué datos recopila cada componente de terceros, con qué finalidad, con quién los comparte y bajo qué base legal. Las prácticas de privacy by design —incorporar la privacidad como criterio de arquitectura desde el inicio del desarrollo— no son solo una buena práctica: en varias jurisdicciones latinoamericanas son una obligación implícita o explícita.

La recomendación práctica para equipos de desarrollo pasa por tres acciones concretas: auditar los SDKs publicitarios integrados y revisar su documentación de privacidad con criterio legal, no solo técnico; desactivar explícitamente la recolección de datos de ubicación en los SDKs cuando esa funcionalidad no es esencial para la app; y actualizar los avisos de privacidad para reflejar con precisión los flujos de datos hacia terceros, incluyendo redes de RTB y brokers. En Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha sancionado a empresas por transferencias de datos no informadas adecuadamente al titular, lo que convierte esta revisión en una necesidad urgente también para apps distribuidas en ese mercado.

Defaults que deciden por el usuario

El concepto de “privacidad por defecto” —privacy by default— exige que la configuración inicial de cualquier sistema sea la más protectora posible para el usuario, sin que este tenga que intervenir para lograrlo. Los SDKs publicitarios identificados operan exactamente al revés: la configuración por defecto maximiza la recolección. Este diseño no es un accidente; responde a un modelo de negocio donde la granularidad del dato de ubicación tiene valor monetario directo. Cambiar ese default requiere que el desarrollador intervenga activamente, y eso solo ocurre si conoce el problema.

En un ecosistema donde la geolocalización ya fue usada para perseguir a migrantes, exponer identidades y rastrear sindicalistas, la pregunta para cada desarrollador que integra un SDK publicitario no es si debería preocuparse, sino si puede permitirse no hacerlo.

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