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  • La ley CHATBOT Act: cuando el Congreso decide cómo educar a tus hijos con IA

    La ley CHATBOT Act: cuando el Congreso decide cómo educar a tus hijos con IA

    El debate sobre inteligencia artificial y menores de edad llegó al Congreso de los Estados Unidos con una propuesta que ya genera controversia más allá de sus fronteras. La CHATBOT Act, proyecto de ley recientemente presentado en el Senado, plantea una regulación federal uniforme sobre cómo los adolescentes pueden acceder a chatbots de IA —e impone, de paso, un modelo único de supervisión familiar que muchos especialistas en privacidad consideran problemático.

    Un sistema de monitoreo obligatorio, no opcional

    El proyecto exige que toda plataforma de IA conversacional dirigida o accesible a menores construya un sistema de “cuenta familiar” mediante el cual los padres puedan acceder al historial completo de conversaciones de sus hijos adolescentes. Además, las empresas deberían ofrecer herramientas para “monitorear, analizar y comprender a escala” esas interacciones, y enviar alertas automáticas si el menor intenta desactivar los controles parentales.

    Lo que distingue a esta propuesta de otras iniciativas de protección infantil es su carácter prescriptivo: no se trata de habilitar una función optativa. El texto obligaría a cada proveedor cubierto a construir esta infraestructura de vigilancia como parte del proceso de consentimiento parental. El Estado federal, en la práctica, elegiría por todas las familias estadounidenses cuál es el modelo correcto de crianza digital.

    El problema de la talla única

    Los expertos en desarrollo adolescente señalan que no es lo mismo supervisar a un niño de 8 años que a un joven de 17. Sin embargo, según se informó, la CHATBOT Act aplicaría la misma arquitectura de monitoreo a usuarios de edades muy diferentes. Esta rigidez ignora que las familias tienen criterios distintos sobre autonomía, privacidad y uso tecnológico —y que muchas están todavía construyendo sus propios marcos normativos en el hogar.

    La Electronic Frontier Foundation (EFF), organización referente en derechos digitales, advirtió que el mandato no refleja la diversidad real de enfoques parentales. Algunos adultos supervisan cada interacción de sus hijos con chatbots; otros prefieren establecer reglas generales y confiar en el criterio del adolescente. La ley eliminaría esa variabilidad y sustituiría el juicio familiar por una plantilla federal.

    Nuevos riesgos de privacidad para los propios menores

    Paradójicamente, una ley pensada para proteger a los menores podría exponerlos a riesgos inéditos. Al obligar a las empresas a centralizar y almacenar de manera permanente los registros de conversaciones de adolescentes, la CHATBOT Act crearía una base de datos masiva con información altamente sensible: consultas sobre salud, vida afectiva, dudas académicas, conflictos personales.

    Esa concentración de datos es, en sí misma, un vector de vulnerabilidad. Brechas de seguridad, usos secundarios no autorizados o accesos indebidos podrían comprometer información íntima de millones de jóvenes. La lógica de “más monitoreo equivale a más protección” no resiste el análisis cuando se considera el ecosistema real de amenazas digitales.

    El espejo latinoamericano: un debate que nos incumbe

    América Latina no es ajena a esta tensión. Brasil avanza en la implementación de la LGPD (Lei Geral de Proteção de Dados), que contempla salvaguardas específicas para datos de menores y exige consentimiento de los titulares de responsabilidad parental. En Argentina, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales está siendo revisada en el Congreso, y el tratamiento de datos de niñas, niños y adolescentes es uno de los puntos más debatidos del proyecto de actualización. México, por su parte, incorporó disposiciones sobre menores en su LFPDPPP y en las Reglas del INAI, aunque la aplicación sigue siendo dispar.

    Lo que ilustra la CHATBOT Act es un dilema que los legisladores latinoamericanos también enfrentarán: ¿cómo proteger a los menores en entornos de IA sin crear sistemas de vigilancia masiva que vulneren su privacidad y autonomía progresiva? La respuesta no puede ser una sola, y menos aún puede venir dictada desde arriba sin considerar la diversidad cultural y familiar de cada sociedad.

    Regulación con matices, no con moldes

    El debate en torno a la CHATBOT Act pone sobre la mesa una pregunta más amplia: ¿puede el Estado legislar eficazmente sobre crianza digital sin caer en el paternalismo o en la vigilancia encubierta? Los especialistas coinciden en que la respuesta pasa por marcos regulatorios flexibles, educación digital en las escuelas y mecanismos de participación de las propias familias en el diseño de las políticas.

    Mientras el proyecto avanza en el Senado estadounidense, su trayectoria ofrece lecciones valiosas para la región: regular IA y menores es urgente y necesario, pero hacerlo mal puede generar más daños que los que se intenta prevenir.

  • El derecho a reparar: cuando la tecnología choca con la propiedad

    El derecho a reparar: cuando la tecnología choca con la propiedad

    En un mundo donde los dispositivos electrónicos se vuelven obsoletos a un ritmo acelerado, el movimiento por el derecho a reparar gana terreno como una causa que cruza la frontera entre la política tecnológica, la sostenibilidad y la soberanía del consumidor. Una reciente conversación difundida por la Electronic Frontier Foundation (EFF) volvió a poner el tema en el centro del debate, con voces que acumulan millones de seguidores en el mundo de la tecnología y el hardware.

    De la pantalla al podcast: una conversación que importa

    La EFF lanzó un nuevo feed de podcast para su ciclo EFFecting Change, iniciativa mensual que desde julio de 2024 reúne a activistas, especialistas y figuras públicas para debatir los grandes temas de la agenda digital. El estreno del formato en audio tuvo como protagonistas al presentador y maker Adam Savage —conocido por el programa MythBusters— y a Kyle Wiens, CEO de iFixit, la plataforma de referencia global para guías de reparación de dispositivos. El episodio ya está disponible en Spotify, Apple Podcasts y Amazon Music, según informó la organización.

    El eje de la charla fue el estado actual del movimiento Right to Repair en Estados Unidos, pero sus implicancias resuenan con fuerza en América Latina, donde la regulación sobre esta materia aún es escasa y fragmentada.

    ¿Por qué esto le importa a América Latina?

    En la región, el acceso a repuestos originales y a información técnica para reparar dispositivos enfrenta barreras tanto legales como comerciales. Los fabricantes suelen invocar cláusulas de garantía, restricciones de software y derechos de propiedad intelectual para limitar quién puede abrir, modificar o reparar un producto. Esta práctica afecta de manera desproporcionada a consumidores y talleres independientes en mercados como el argentino, el brasileño o el mexicano, donde la renovación tecnológica constante representa un gasto significativo del ingreso familiar.

    En Brasil, el Código de Defesa do Consumidor (CDC) establece derechos básicos de garantía, pero no contempla de forma explícita la obligación de los fabricantes de facilitar piezas o manuales a terceros. En Argentina, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor tampoco aborda el derecho a reparar como categoría autónoma. En México, la discusión está prácticamente ausente del debate legislativo, a diferencia de lo que ocurre en la Unión Europea, que ya avanza con regulaciones concretas de reparabilidad bajo su agenda de economía circular.

    Software, propiedad y el derecho a intervenir lo que uno compró

    Uno de los puntos más sensibles del debate es el rol del software embebido. Hoy, reparar un automóvil moderno, un smartphone o incluso un electrodoméstico inteligente puede implicar intervenir código protegido por leyes de propiedad intelectual. En Estados Unidos, la Ley DMCA ha sido históricamente una barrera; en América Latina, marcos similares de protección al software —como los contemplados en los tratados de libre comercio firmados por México, Chile y Perú con economías desarrolladas— generan restricciones análogas.

    Kyle Wiens, desde iFixit, ha sostenido públicamente que “el software no debería ser una excusa para que las empresas controlen lo que hacés con tu propio hardware”. Esa postura resuena especialmente en contextos donde el acceso a tecnología de segunda mano o reparada es una vía concreta de inclusión digital.

    Una agenda pendiente para la región

    El debate en torno al derecho a reparar no es solo ambiental ni económico: también es una cuestión de datos y privacidad. Cuando un dispositivo solo puede ser reparado por el fabricante original, el usuario pierde control no solo sobre el hardware, sino potencialmente sobre la información almacenada en él. En ese punto, la discusión conecta con los marcos de protección de datos personales vigentes en la región: la LGPD brasileña, la Ley 25.326 argentina o la Ley 1581 colombiana plantean principios de control del titular sobre su información, pero no contemplan la dimensión física del dispositivo que la aloja.

    A medida que el movimiento Right to Repair consolida victorias legislativas en Europa y algunos estados de Estados Unidos, la pregunta para América Latina es cuándo —y cómo— los parlamentos de la región comenzarán a legislar en esta dirección. Por ahora, la discusión la lideran la sociedad civil, los consumidores y voces como las que circulan en podcasts como el de la EFF.

  • La ley SCREEN en EE.UU.: un riesgo de privacidad que debería preocupar a LATAM

    La ley SCREEN en EE.UU.: un riesgo de privacidad que debería preocupar a LATAM

    Una propuesta legislativa que avanza en el Congreso de Estados Unidos enciende alarmas mucho más allá de sus fronteras. La llamada SCREEN Act (S. 737), que aguarda dictamen en el Comité de Comercio del Senado, busca imponer verificación de edad obligatoria en prácticamente cualquier plataforma digital que aloje contenido sexualmente explícito. El debate que genera no es solo sobre libertad de expresión o protección de menores: en su núcleo hay un problema estructural de privacidad de datos que los países de América Latina deberían observar con atención.

    Más allá de los sitios para adultos

    El alcance del proyecto es notablemente amplio. A diferencia de leyes estaduales similares que exigen que una fracción significativa del sitio esté dedicada a contenido adulto, la SCREEN Act dispara su mecanismo de verificación ante cualquier plataforma que hospede aunque sea una sola pieza de material explícito. Eso incluiría, según se informó, servicios de streaming como Netflix y redes sociales como Reddit, Discord o Bluesky, además de los sitios de contenido adulto convencionales.

    El punto crítico es que el proyecto prohíbe explícitamente que los usuarios simplemente declaren ser mayores de edad. La norma establece textualmente que exigir a un usuario que confirme no ser menor “no será suficiente”. En consecuencia, las plataformas deberían recurrir a sistemas de verificación vinculados a identidades reales.

    El problema no es la verificación, sino quién guarda los datos

    Verificar una edad en un entorno digital es un proceso radicalmente distinto al control de documentos en la puerta de un bar. Cuando un portero revisa un DNI, lo devuelve de inmediato. Bajo la SCREEN Act, ese rol lo ejercería un servicio de verificación digital que capturaría información personal y la almacenaría en bases de datos por un período indefinido.

    La ley incluye una cláusula que obliga a los servicios a tomar “medidas razonables” para proteger los datos y a no retenerlos “más tiempo del necesario”. Sin embargo, estas salvaguardas son extraordinariamente vagas: no fijan límites concretos de recolección, uso ni retención. El resultado práctico es que terceros contratados para verificar identidades podrían acumular volúmenes de información personal mucho mayores a los requeridos, y reutilizarlos para fines adicionales mientras consideren sus acciones “razonables”.

    Se trataría, en definitiva, de una arquitectura de vigilancia comercial a escala masiva, habilitada por ley.

    Por qué América Latina debe prestar atención

    El debate sobre la SCREEN Act llega en un momento en que la región consolida sus marcos normativos de protección de datos. Brasil aplica la Lei Geral de Proteção de Dados (LGPD), que exige base legal explícita para el tratamiento de datos sensibles y prohíbe usos incompatibles con la finalidad original de recolección. Argentina cuenta con la Ley 25.326, actualmente en proceso de modernización legislativa. México avanza con la LFPDPPP y sus lineamientos sectoriales. Colombia, Chile y Perú tienen sus propias leyes de protección de datos en distintos grados de madurez regulatoria.

    En todos estos marcos, una solución como la que propone la SCREEN Act encontraría obstáculos jurídicos serios: la recolección de datos biométricos o de identidad sin finalidad acotada, sin consentimiento informado y sin plazos de retención definidos es, en la mayoría de estos sistemas legales, directamente incompatible con el principio de minimización de datos.

    El riesgo concreto para la región radica en que plataformas globales que operen bajo la SCREEN Act podrían verse tentadas a implementar sus sistemas de verificación de forma uniforme en todos los mercados, exportando un estándar de privacidad débil a jurisdicciones que, en papel, exigen uno más robusto.

    Un modelo de gobernanza que el mundo debería evitar replicar

    Lo que el caso SCREEN Act ilustra con claridad es el peligro de legislar sobre protección de menores sin diseñar simultáneamente garantías sólidas de privacidad para los adultos. Ambos objetivos no son incompatibles, pero requieren una arquitectura técnica y legal mucho más cuidadosa que la que propone este proyecto.

    Tecnologías como la prueba de conocimiento cero (zero-knowledge proofs) permiten verificar que alguien es mayor de edad sin revelar ni almacenar su identidad. Estas alternativas existen y son operativas. Que un proyecto de esta envergadura las ignore no es un descuido técnico: es una decisión política con consecuencias directas sobre los derechos digitales de millones de usuarios.

    Para los reguladores y legisladores latinoamericanos, la SCREEN Act debería funcionar como advertencia: cualquier esquema de verificación de edad que no incorpore privacidad por diseño termina siendo, ante todo, un sistema de vigilancia masiva con buenas intenciones declaradas.

  • Cuánto cuesta proteger un dato en LATAM (y por qué nadie lo sabe con certeza)

    Cuánto cuesta proteger un dato en LATAM (y por qué nadie lo sabe con certeza)

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    La semana pasada me escribió un DPO senior de una entidad financiera de la región. Le habían ofrecido un puesto en una compañía global, contratación remota desde su país, y no sabía cuánto pedir. Tenía siete años de experiencia, certificaciones internacionales, dirigía un equipo de cinco personas y había liderado dos auditorías regulatorias complejas. Su pregunta era simple: “¿Cuánto cobra alguien como yo, hoy, en este mercado?” La respuesta honesta es incómoda: nadie lo sabe con certeza.

    Esa conversación se repite cada semana. Un CISO recién promovido que negocia su nuevo contrato. Una empresa que abre una posición de Data Governance Officer y no encuentra referencias confiables para armar la oferta. Un equipo de prevención de fraudes que quiere retener a sus analistas y descubre, demasiado tarde, que el mercado los paga el doble. Un abogado especializado en AI & Legal Tech que duda si quedarse o sumarse a una firma del exterior que le triplica el ingreso en dólares.

    Detrás de cada una de esas conversaciones hay un problema estructural que llevamos años postergando: el ecosistema de privacidad, gobierno de datos, ciberseguridad y prevención de fraudes en América Latina no tiene un estudio de mercado propio. Los relevamientos de los estudios jurídicos miden abogados. Los de recursos humanos miden talento general. Los de ciberseguridad miden seguridad. Nadie mira fraude. Y absolutamente nadie cruza, sobre un mismo dataset, lo que pasa con la remuneración, la demanda, la escasez de skills, las modalidades de trabajo y el impacto real de la inteligencia artificial sobre nuestros perfiles.

    El resultado es predecible: profesionales que negocian a ciegas, empresas que arman bandas salariales por intuición, equipos que pierden gente por no entender la varianza que introdujo el trabajo remoto internacional. Porque ese es el elefante en la habitación que casi nadie mide bien: la diferencia entre cobrar de un empleador local y cobrar de un empleador del exterior, en remoto, en dólares. Esa única variable explica buena parte de la dispersión salarial que hoy define al ecosistema regional. Y, sin embargo, no aparece en ningún estudio serio.

    Por eso, desde DGL TALENT —el brazo de talento de Data Governance Latam— estamos produciendo, en alianza con el CECyD | Centro de Estudios en Ciberseguridad y Datos de la Universidad Austral, el primer relevamiento regional que mide, sobre un mismo dataset, remuneración y condiciones de mercado del ecosistema completo de profesionales que protegen, gobiernan y defienden el dato en América Latina.

    Cinco verticales, una sola investigación: Privacidad, Gobierno de Datos, Ciberseguridad, AI & Legal Tech, y Prevención de Fraudes y Crimen Financiero. Toda la pirámide, del analista junior al C-level. Sin recortes ejecutivos, sin sesgos sectoriales: el mercado completo, medido con rigor académico y la profundidad que solo da el cruce con la práctica.

    Esta investigación se inscribe en una agenda institucional que venimos consolidando desde hace más de un año. En el CECyD de la Austral ejercemos la co-dirección junto a Pedro Adamović desde marzo de 2025, con el objetivo de posicionar al centro como el espacio de referencia regional en investigación aplicada sobre estos cinco verticales. En esa misma línea, Facundo Malaureille Peltzer asume como Coordinador del área de Privacidad, sumando una de las trayectorias más respetadas de la región en protección de datos. Y Sofia Mónaco se incorpora como Head de DGL.TALENT, liderando desde la práctica una vertical de búsqueda y consultoría especializada que hoy no tenía equivalente en LATAM. El estudio es, precisamente, el primer gran output que articula esa agenda académica con la práctica de mercado.

    La metodología es exigente y la distribución también. La base se construye a través de los canales de los socios de DGL.TALENT y de la comunidad de más de 1500 profesionales formados con CECyD · Universidad Austral, con un objetivo de muestra de 400 a 600 respuestas válidas —el umbral necesario para producir cortes confiables por rol y por país—. La encuesta es completamente anónima y la investigación va a producir cuatro entregables a partir de ese único dataset: una Salary Guide LATAM con rangos por rol, seniority y país; un benchmark de remuneraciones transversal; un informe de mercado que cruce movilidad, demanda, skills críticos e impacto de la IA; y capítulos verticales específicos para DPO, CISO, Data Governance Officer, AI & Legal Tech y Prevención de Fraudes.

    Vale la pena detenerse en lo que esto significa. Hasta hoy, nadie en América Latina había medido a este ecosistema como un todo. No existía la conversación. Se discutía, eso sí: en pasillos, en grupos de WhatsApp, en negociaciones a puertas cerradas. Pero no había evidencia. No había un dataset compartido que permitiera, por ejemplo, demostrar la brecha entre empleadores locales y empleadores internacionales en remoto, o cuantificar cuánto vale realmente una certificación, o entender cuál es el techo salarial real de un DPO en Argentina, México o Colombia.

    Por primera vez, lo va a haber. Y va a estar producido desde adentro del ecosistema —no desde una consultora generalista que llega a esto desde afuera—, con la doble pertenencia académica y profesional que exige una investigación de esta naturaleza.

    Hace años que discutimos, sin saberlo, sobre datos que no existen. La novedad no es que ahora vayamos a tener una opinión más informada. La novedad es que vamos a tener, por primera vez, los datos.

  • El día que entendí que esto era más grande que el derecho

    El día que entendí que esto era más grande que el derecho

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Hubo un momento, hace ya muchos años, en que me di cuenta que el camino que había elegido no terminaba en un escritorio.

    Para entender ese momento hay que retroceder un poco más. Fui a la ORT, y aunque entonces no podía saberlo, ahí empezó todo lo que vino después. En esa época me imaginaba ingeniero electrónico: el plan era construir cosas, entender cómo funcionaban por dentro, vivir cerca de la tecnología desde el lugar más concreto posible. El plan cambió —los caminos rara vez son rectos—, pero ese chip nunca se desactivó. Cuando años después llegué al derecho informático, no llegué desde el derecho buscando aplicarlo a la tecnología: llegué desde alguien que siempre había mirado la tecnología y, en algún momento, encontró que el derecho era una herramienta para incidir sobre ella.

    Había empezado, entonces, como abogado especializado en derecho informático y privacidad.

    Me recibí en 2004 y, casi sin pausa, fundé Techlaw. Era uno de los primeros estudios jurídicos de la región dedicados exclusivamente al derecho informático y a las nuevas tecnologías. Suena lindo dicho hoy. En ese momento era, sobre todo, una apuesta a contramano. El mercado no existía, los clientes no sabían todavía que necesitaban a alguien que se dedicara a esto, y la mayoría de mis colegas pensaba que estaba invirtiendo tiempo en un nicho que “tal vez” iba a importar en algún futuro lejano.

    Hubo años de remar sin viento favorable, de explicar lo mismo veinte veces, de iniciar conversaciones que terminaban en silencio porque del otro lado nadie entendía de qué les estaba hablando.

    Pero mi mesa de trabajo se llenaba, lenta pero sostenidamente, de casos donde el problema no era estrictamente jurídico: era humano. Una persona expuesta. Una empresa sin políticas. Un dato que viajaba sin permiso. Y entendí algo simple, pero que me cambió la práctica entera: por más fina que fuera la respuesta legal que pudiera dar, sin formación, sin comunidad y sin medios que tradujeran lo que estaba pasando, el derecho llegaba siempre tarde.

    Esa lectura me empujó a un terreno que un abogado promedio probablemente no hubiera pisado: el de los medios. A los dos o tres años de Techlaw lancé identidadrobada.com, un sitio de noticias sobre robo de identidad, fraude y ciberseguridad en una época en la que casi nadie cubría sistemáticamente esos temas en Argentina. Empezó muy chico. Hubo períodos en los que escribía prácticamente para nadie. Pero, de a poco, la conversación encontró audiencia, y de ahí salió la Revista Identidad Robada en formato impreso, que llegó a los kioscos en un momento en el que sostener una publicación en papel sobre estos temas era casi una imprudencia. La sostuvimos igual. Más adelante vino ciberseguridadlatam.com, que se fue consolidando como plataforma editorial regional. Vistos en perspectiva, esos proyectos fueron la primera versión de algo que con los años aprendería a llamar por su nombre: una infraestructura de comunicación especializada.

    En paralelo, durante esos años seguí trabajando como abogado especializado. Estudiaba, escribía, litigaba, asesoraba. Cada caso era una clase. Pero en algún momento empecé a ver el patrón: los problemas que me llegaban no eran problemas individuales, eran síntomas de un sistema que crecía mucho más rápido que su propia regulación. La privacidad ya no era un tema técnico, era un tema de poder. La ciberseguridad ya no era un tema de IT, era un tema de gobernanza. Los datos ya no eran un activo, eran el activo. Y la inteligencia artificial recién empezaba a aparecer en el horizonte.

    Entre 2016 y 2018 me tocó integrar el Advisory Board del Global Forum on Cyber Expertise (GFCE), la plataforma multilateral con sede en La Haya que coordina la cooperación internacional en capacidades de ciberseguridad y que reúne a gobiernos y organismos de todo el mundo, entre ellos la OEA y el Consejo de Europa. Éramos diez personas convocadas desde la academia, la sociedad civil y la comunidad técnica para asesorar estratégicamente al organismo. No fui ahí a hablar: fui, sobre todo, a escuchar. Salí con dos cosas: la convicción de que la conversación sobre privacidad, ciberseguridad y gobernanza de datos solo iba a tener consecuencias reales si se daba en términos regionales y globales; y la incomodidad de saber que en Latinoamérica todavía teníamos mucho por construir para llegar a esa mesa con peso propio.

    Esa incomodidad encontró una primera salida más rápido de lo que esperaba. En 2018, mientras todavía estaba activo en el Advisory Board del GFCE, me convocaron desde la Universidad del CEMA para desarrollar desde cero la vertical de protección de datos y ciberseguridad. No dudé un segundo. Era exactamente el tipo de espacio que venía pensando que la región necesitaba: un programa académico riguroso, en una universidad de peso, sobre temas que recién empezaban a ocupar lugar en las agendas corporativas.

    Por esa misma época empezó a tomar forma otro proyecto que también terminaría de cambiar la escala. Data Governance Latam no salió de un archivo de Excel. Salió, en buena medida, de un reencuentro. Con Facundo Malaureille Peltzer nos conocíamos por la profesión desde 2006 o 2007. En esos años, cuando este campo todavía era marginal, los que estábamos cerca del tema nos cruzábamos en eventos, mesas, papers. Cada uno siguió su camino. Pero en 2019, más de una década después, volvimos a pensar en construir algo juntos. Primero fue la Diplomatura en Data Governance & Privacy. Después, cuando vimos que la fórmula funcionaba, vino DGL.

    Lo que nos pasó es difícil de fabricar: dos personas que miran el mismo problema desde lugares distintos y descubren que esa diferencia, lejos de ser un obstáculo, es exactamente lo que hacía falta. DGL fue eso: un equipo —un equipo, no un titular— que combina derecho, tecnología, gobernanza y gestión de riesgo, con la convicción de que la privacidad y la ciberseguridad solo funcionan cuando se diseñan dentro de la operación, no como un anexo legal.

    Pero incluso una buena consultora tiene un techo. Puede asesorar a treinta, cincuenta, cien organizaciones. Lo que no puede hacer, sola, es formar a las personas que van a tomar esas decisiones mañana. Y ahí estaba el otro problema que veíamos con claridad: la región tenía —y tiene— un déficit estructural de profesionales formados.

    Lo que estamos construyendo ahora ya no es una práctica profesional. Es una plataforma. Y digo “estamos” porque no la construyo solo: la construimos un equipo de socios, docentes, egresados, colegas y partners que, cada uno desde su lugar, empujan en la misma dirección.

    Una plataforma con cinco componentes que recién empiezan a conectarse del todo. Está el conocimiento, que se materializa en el CECyD | Centro de Estudios en Ciberseguridad y Datos de la Universidad Austral, Argentina, las diplomaturas, los programas ejecutivos y, ahora, el lanzamiento de DGL Academy: más de 1650 profesionales formados hasta hoy, cada uno volviendo a su organización con criterio propio. Está la comunidad: la red de egresados, la representación de ADPDados en Argentina, el Comité Académico de CyberSummit, un tejido de personas que se conocen, se consultan, se citan y se contratan entre sí. Están los medios: el podcast en Infobae, la newsletter Privacy & Cyber en Foco con más de 3500 suscriptores que eligieron uno por uno recibir contenido especializado, los aproximadamente 22000 seguidores en X. Están los servicios, con Data Governance Latam como brazo de implementación profesional. Y está el talento, con DGL TALENT, porque sin las personas correctas en los roles correctos, el resto no escala.

    Mirados en conjunto, esos cinco componentes son más una promesa que una llegada. Hay piezas que funcionan, hay piezas que recién están en marcha, hay piezas que todavía no encontraron su forma definitiva. Las cifras —1650, 3500, 22000— no son números masivos, ni pretenden serlo. Son cifras de nicho: modestas en términos absolutos, valiosas en términos cualitativos. En mercados B2B como Data Governance, Privacy, Cybersecurity y AI Governance, la profundidad de la audiencia pesa muchísimo más que el volumen.

    Si miro estos cinco componentes en su conjunto, hoy ya no veo una carrera profesional. Veo infraestructura. Y sé que la mayor parte del trabajo está por venir.

    Si me preguntan qué sigue, la respuesta es clara: DGL Academy. Academia como nodo central. La pieza que tiene que conectar la formación con la comunidad, los medios con los servicios, y todo eso con el talento que la región necesita producir en los próximos años. Porque eso es lo que falta en la región: un lenguaje común. Hoy cada país regula a su ritmo, cada empresa interpreta como puede, cada profesional se forma por su cuenta. La fragmentación no es un problema técnico, es un problema de coordinación. Y la coordinación no se decreta: se construye, año tras año, formando, conectando, publicando, asesorando.

    Si alguien me preguntara hoy quién soy profesionalmente, ya no diría “un abogado especializado en tecnología”. Esa respuesta describe a la persona que fui, no a la que soy. Hoy diría algo más cercano a esto: alguien que, junto a un equipo, intenta articular el ecosistema latinoamericano de Data Governance, Privacidad, Ciberseguridad e Inteligencia Artificial desde la academia, la formación ejecutiva, la comunidad profesional, los medios especializados y los servicios corporativos. No es una definición cómoda. No cabe en una tarjeta. Tampoco es una conquista cerrada: es, sobre todo, una dirección. Y mientras el camino tenga sentido, vamos a seguir caminándolo.

    A los que están empezando, les digo: este es un campo donde la profundidad importa más que la velocidad. Estudien, escriban, escuchen, equivóquense. Y persistan. Hay años en los que la conversación parece no llegar a ningún lado, y es justo en esos años donde se construye lo que después se ve. A los que ya están dentro: este ecosistema solo crece si lo construimos juntos. La región tiene talento. Lo que falta es coordinarlo. A las organizaciones: el costo de no tomarse en serio la privacidad, la ciberseguridad y la gobernanza de datos ya no es teórico. Es contable. Es reputacional. Es operativo. Y es, sobre todo, evitable.

    Y a mí mismo, dentro de unos años, cuando relea esto: el camino sigue. Lo que viene es todavía más interesante. Y, sobre todo, no estoy solo.

  • Lo que tu mejor empleado le está contando a una IA esta noche

    Lo que tu mejor empleado le está contando a una IA esta noche

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Son las once y media de la noche. Una analista financiera todavía está en la oficina. Tiene un reporte que entregar mañana a primera hora, una hija que la espera en casa, y una planilla cruda con datos de clientes que no termina de cerrar. Abre ChatGPT en su navegador personal, copia la base completa —nombres, DNIs, montos, mails— y escribe: “Hacé un resumen agrupado por provincia y dame los tres clientes más rentables de cada zona.”

    En dos segundos, tiene el reporte. Cierra la pestaña. Apaga la luz. Se va a su casa.

    No hizo nada que considere mal. Trabajó más rápido para llegar antes. Es exactamente lo que vos le pedirías que haga.

    Y sin embargo, esa noche, sin firmar nada, sin que nadie lo sepa, sin que ningún sistema de seguridad lo registre, los datos personales de cientos de clientes de tu empresa cruzaron una frontera. Quedaron en un servidor del hemisferio norte, fuera de tu alcance, fuera de tu control, fuera de tu jurisdicción. Pueden ser usados para entrenar un modelo. Pueden ser leídos por alguien en una revisión de calidad. Pueden quedar expuestos en la próxima brecha de seguridad del proveedor.

    No los vas a poder recuperar nunca.

    Esa empleada no es desleal. No es negligente. Es buena en lo que hace. Y es, sin saberlo, el vector de uno de los riesgos más serios que tu empresa enfrenta hoy.

    Tiene nombre. Se llama Shadow AI.

    No es ella sola

    Pensá en todas las personas que confían en vos para hacer bien su trabajo. La abogada del estudio que pegó las cláusulas del contrato confidencial en una IA para que se las “redactara más claro”. El reclutador que subió treinta CVs con datos personales para que el chatbot se los resumiera. La secretaria del consultorio que cargó el listado de pacientes para armar una planilla. El contador que pegó el balance no publicado para pedirle al modelo que detecte inconsistencias.

    Cada uno con buena intención. Cada uno apurado. Cada uno convencido de que no estaba haciendo nada raro.

    Y ninguno de ellos te lo va a contar. No porque te quieran esconder algo, sino porque no lo perciben como algo digno de mencionar. “Le pasé unos datos a ChatGPT para que me ayude con un informe.” Lo dicen como quien cuenta que usó Excel.

    Mientras tanto, en tu empresa hay datos saliendo todos los días, por todos los puestos de trabajo, sin que ningún tablero los registre.

    Eso es lo que da más miedo: que no lo veas.

    Lo que no se puede deshacer

    Hay algo de la era digital a lo que todavía no nos terminamos de acostumbrar: hay errores que no se pueden corregir.

    Cuando un empleado manda un mail con un archivo adjunto al destinatario equivocado, podés llamar al destinatario y pedirle que lo borre. Si filtraste un dato a la prensa, podés intentar bajarlo. Si dejaste una carpeta abierta en la nube, podés cerrarla.

    Pero cuando un dato entra en una IA pública, no hay forma de sacarlo. No hay un botón de “deshacer”, no hay un derecho al olvido aplicable, no hay un contrato que ampare lo que se entregó sin haberlo firmado. El dato está. En algún lado. Para algún uso. Y vos no vas a saber dónde, ni para qué, ni quién lo va a ver.

    Ese es el costo silencioso. No el escándalo del día siguiente. La incertidumbre permanente sobre qué se fue, cuándo se fue, y qué va a hacer con eso quien lo encuentre.

    La pregunta que nadie quiere hacerse

    Imaginate por un momento que mañana te llama un cliente importante. Está enojado. Sus datos aparecieron en algún lado y quiere saber cómo pasó. Vos no tenés idea de cómo pasó. Tu equipo de sistemas tampoco. No hay un log de seguridad que muestre una brecha, no hay un mail con un adjunto sospechoso, no hay un acceso indebido al servidor. Todo lo que tenés es la certeza de que algo se filtró y la nada absoluta sobre cómo.

    Ahora imaginate la siguiente llamada: la del regulador, preguntándote qué medidas tomaste para proteger esa información. La del socio comercial, preguntándote si los términos que negociaron con tanto cuidado terminaron siendo entrenamiento gratis para alguien. La de tu equipo legal, explicándote que ese secreto industrial que protegías como un activo estratégico ya no puede ser considerado secreto, porque dejaste de tomar las medidas razonables para protegerlo.

    Ninguna de esas llamadas empieza con un hackeo. Todas empiezan con un empleado bien intencionado que solo quería trabajar más rápido.

    Por qué pasa

    La verdad incómoda es esta: tus empleados van a usar inteligencia artificial. Ya la están usando. Y no porque sean rebeldes ni descuidados, sino porque la presión por producir más, más rápido, con los mismos recursos, no para de subir.

    Si tu empresa no les da una herramienta de IA aprobada, segura y útil, ellos van a usar la que tienen a mano. La gratuita. La que pueden abrir desde el celular sin pedir permiso. La que les ahorra dos horas de trabajo y les permite llegar a la casa antes de que se duerma el hijo.

    Esto no se resuelve con un email de la dirección diciendo “no usen ChatGPT”. Eso ya lo intentaron muchas empresas. El resultado es siempre el mismo: el empleado pasa a usarlo desde el teléfono personal, fuera del Wi-Fi corporativo, y la organización pierde lo último que le quedaba: la visibilidad.

    Prohibir sin ofrecer alternativa no elimina el problema. Lo hace invisible. Y un problema invisible es exactamente lo que está creciendo, ahora mismo, en tu empresa.

    Lo que sí se puede hacer

    Acá viene la parte que importa, porque sí hay una salida y no es complicada de empezar.

    El primer paso es ver. Mapear, sin prejuicio y sin sanción inicial, qué herramientas se están usando, para qué tareas, con qué tipo de datos. Esto no se hace con un firewall: se hace con conversación, encuestas anónimas, análisis técnico, y la decisión política de querer saber la verdad.

    El segundo paso es ordenar. Definir, en lenguaje claro y sin manuales de cien páginas, qué se puede usar y qué no, qué tipo de información puede tocar una IA externa y cuál nunca. Tres listas, no treinta páginas.

    El tercer paso es habilitar. Si tus empleados necesitan IA para trabajar, dales una IA segura. Hay opciones empresariales que cuestan una fracción de lo que sale una sola filtración, y que cambian completamente la ecuación del riesgo.

    El cuarto paso es formar. Una vez. Bien. Con ejemplos reales. No con un PDF que nadie lee.

    Y el quinto paso es el más incómodo: aceptar que esto no es un proyecto que se hace y termina. Es una práctica que se sostiene. El ecosistema de IA cambia todas las semanas. Lo que hoy es seguro mañana puede no serlo. Lo que hoy es marginal mañana es masivo.

    No se trata de paranoia. Se trata de no quedar afuera de una conversación que ya está pasando dentro de tu propia empresa.

    Dónde entramos nosotros

    En Data Governance Latam trabajamos exactamente este problema. Lo vemos todos los días, en empresas de todos los tamaños, en todos los rubros. Y aprendimos algo importante: nadie se entera de su Shadow AI hasta que alguien lo ayuda a verlo.

    Por eso armamos un servicio específico para esto. Empezamos por una auditoría confidencial que mapea el uso real de IA dentro de tu organización —sin sanciones, sin acusaciones, sin generar miedo en el equipo. Después diseñamos con vos la política de uso responsable, adaptada a tu industria, a tu marco regulatorio y a las herramientas que tu gente necesita usar. Te ayudamos a elegir y desplegar las plataformas empresariales seguras. Y formamos a tus equipos con casos reales para que la cultura cambie de verdad.

    No vendemos miedo. Te acompañamos a salir del miedo.

    La última imagen

    Volvé por un momento a la analista del principio. La del reporte, la que cerró la pestaña y se fue a su casa pensando que había hecho un buen trabajo. Ella es tu mejor empleada. La que te ahorra horas, la que entiende tu negocio, la que no se queja, la que entrega. La querés tener.

    El problema no es ella. El problema es que está sola, sin política, sin herramienta, sin formación, frente a una tecnología que va más rápido que cualquier comité interno. Tu mejor empleada está expuesta, y por estar expuesta ella, también lo estás vos.

    La buena noticia es que esto se puede ordenar antes del incidente. La mala es que el momento de hacerlo es ahora, no después de la llamada del cliente enojado.

  • Tus proveedores también tienen proveedores

    Tus proveedores también tienen proveedores

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Es lunes a las nueve de la mañana. Abrís el sistema de liquidación de sueldos para ver el reporte del cierre del mes. La pantalla dice: “Servicio temporalmente no disponible”.

    Pensás que es un problema técnico, una caída pasajera. Mandás un mail al soporte, no contestan. Llamás por teléfono, no contestan. A las dos de la tarde aparece un comunicado en la página del proveedor: “Estamos investigando un incidente de seguridad.”

    A las seis, te enterás por una nota en LinkedIn que el incidente fue un ransomware, que los atacantes pidieron rescate y que en la base que afanaron había datos de todos los clientes del proveedor. Datos de empleados. Nombres. DNIs. Salarios. CBUs. Direcciones particulares.

    De tus empleados.

    Esa noche entendés algo incómodo: vos no te confiaste tu liquidación de sueldos a ese proveedor. Vos contrataste un software hace seis años, firmaste un contrato que probablemente no leíste con atención, y le pasaste los datos de toda tu gente. Después no preguntaste más. Asumiste que estaban bien guardados porque la empresa “es seria” o “es grande” o “la usan todos”.

    El lunes te despertaste con un problema técnico. El martes te despertás con una crisis de protección de datos. Y la crisis no es de tu proveedor: es tuya.

    El proveedor no es un proveedor: es una llave

    Hay algo del modelo de negocios moderno al que nos acostumbramos sin querer: hoy una empresa de cincuenta personas tiene fácilmente cuarenta proveedores con acceso a información crítica de su operación.

    El sistema de facturación electrónica. El CRM. El proveedor de mail marketing. La plataforma de videollamadas. El antivirus. La consultora de marketing que te ayuda con la base de clientes. El estudio contable que tiene todo. La agencia de RRHH que mueve los CVs. La empresa de seguridad que monitorea las oficinas. El IT externo que entra remoto cuando algo se rompe. El backup en la nube. La pasarela de pagos. El asistente que usa la directora general que abre Drive con todos los documentos de la compañía.

    A cada uno le entregaste algo. A algunos, mucho. La mayoría tiene mejores accesos a tu información que un empleado nuevo en período de prueba. Y a casi ninguno lo conocés más allá del comercial que te firmó el contrato.

    Eso es supply chain. No es un concepto técnico. Es el dibujo, hoy invisible, de quién puede tocar tus datos sin que se lo pidas.

    La parte que da más miedo: no termina en tu proveedor

    Acá viene el detalle que pocos miran. Tu proveedor también tiene proveedores.

    Tu sistema de facturación corre arriba de un hosting que vos no contrataste. Ese hosting usa servicios de almacenamiento que tampoco contrataste. La plataforma de mail marketing que mandás todas las semanas tiene seis integraciones que se loguean con OAuth a tu cuenta sin que vos te enteres. La agencia que diseñó tu última campaña usó dos herramientas de IA, un repositorio de imágenes y una plataforma de revisión que comparte todo con un proveedor en otro continente.

    Cada uno de ellos podría ser hackeado. Cada uno de ellos, si lo es, te alcanza a vos. Y entre tu empresa y la brecha no hay una conexión directa: hay una cadena de tres, cuatro o cinco eslabones de los cuales conocés —con suerte— el primero.

    A esa cadena se la llama supply chain. Y hoy es la puerta de entrada favorita de cualquier ataque serio: no es necesario forzar tu cerradura cuando hay diez proveedores conectados a tu casa con llave maestra.

    Los casos que ya no se pueden ignorar

    Si alguien pensaba que esto era teoría, los últimos doce meses dejaron una serie de incidentes que conviene tener cerca.

    En abril de 2025, Marks & Spencer —ícono del retail británico— fue golpeado por un ransomware durante el fin de semana de Pascua. Los atacantes no entraron por la puerta digital de M&S: entraron usando las credenciales de dos empleados de Tata Consultancy Services (TCS), el proveedor de IT que M&S tenía contratado hacía más de diez años. Resultado: tiendas funcionando con planillas en papel, sistema de e-commerce caído durante seis semanas, y una pérdida proyectada de 300 millones de libras según el propio reporte de la compañía a la Bolsa de Londres. Co-op y Harrods fueron golpeados días después por la misma campaña.

    En agosto de 2025, Jaguar Land Rover sufrió uno de los ciberataques más caros de la historia. Cinco semanas con la producción detenida en sus plantas británicas. Más de 5.000 empresas de su cadena de suministro afectadas —proveedores, talleres, concesionarias, transportistas, comercios de los pueblos donde funcionan las fábricas—. La cuenta final, según el organismo independiente que monitorea estos incidentes en el Reino Unido, asciende a 1.900 millones de libras. Es el ataque cibernético más caro de la historia británica. Una sola compañía golpeada, miles de empresas con problemas. Así funciona la cadena hoy.

    En noviembre de 2025, un actor no autorizado se metió en la red del sistema público de salud de Nueva York. No lo detectaron hasta febrero de 2026 —casi tres meses después—. La puerta de entrada fue un proveedor externo cuyo nombre no se hizo público. Cuando hicieron el inventario del daño, los números fueron de los peores que se vieron este año: 1,8 millones de personas con sus datos médicos, financieros, identificaciones gubernamentales y huellas dactilares y palmares expuestos. La biometría no se cambia: si te robaron las huellas, las tenés robadas para siempre.

    Las llamadas no las recibió el proveedor. Las recibió, en cada caso, la empresa que confió en él.

    Y un dato sobrio que vale repetir: según el último informe global de investigaciones de brechas (Verizon DBIR 2025), el porcentaje de brechas en las que estuvo involucrado un tercero pasó del 15% al 30% en un solo año. Se duplicó. Es uno de los cambios más significativos que registró el informe en sus 18 ediciones. El próximo incidente que sufra tu empresa, estadísticamente, va a venir de la mano de alguien con quien tenés contrato.

    Por qué pasa lo que pasa

    La pregunta razonable es: ¿cómo llegamos acá? La respuesta tiene tres capas y ninguna es novedosa.

    La primera es que nadie tiene la foto completa. Las áreas comerciales contratan herramientas de marketing. RRHH contrata sistemas de selección y onboarding. Finanzas contrata software contable. Sistemas contrata infraestructura. Legales contrata gestores de firmas digitales. Cada área cumplió con su trabajo. Pero nadie, en muchas empresas, tiene un inventario único de qué proveedor tiene qué información, con qué nivel de acceso, bajo qué contrato. La empresa no tiene un mapa de su propia cadena.

    La segunda es que firmar un contrato no es lo mismo que controlar al proveedor. Tener un anexo de confidencialidad no garantiza que el proveedor cifre tu información. Tener un acuerdo de tratamiento de datos no garantiza que esté cumpliendo con lo que firmó. La auditoría es un acto, no un papel. Y la auditoría a proveedores, en la mayoría de las empresas, no se hace nunca.

    La tercera es que el proveedor también cambió sin avisarte. Hace cinco años contrataste un software simple, alojado en un único servidor. Hoy ese software usa quince integraciones, está conectado a tres proveedores nuevos, incorporó funcionalidades de inteligencia artificial que mueven tus datos por lugares que no estaban en el contrato original. Vos firmaste con el de 2020, pero estás expuesto al de 2026.

    Lo que importa, en el idioma del que decide

    Si sos quien firma los cheques o los contratos, conviene tener clara una cosa: cuando un proveedor sufre una brecha, la responsabilidad legal y reputacional es tuya, no de él.

    La Ley 25.326 de Protección de Datos Personales pone la obligación sobre el responsable del tratamiento —es decir, sobre vos— de garantizar que el encargado al que le confiaste los datos los proteja correctamente. No alcanza con decir “yo confiaba en el proveedor”. La autoridad de aplicación va a preguntarte qué medidas tomaste para asegurarte de que esa confianza estuviera justificada. Y los proyectos de reforma que están en debate refuerzan ese principio: vas a tener que demostrar la diligencia, no solo declararla.

    A esto se suma una verdad más simple y más dura: tu cliente no se enoja con tu proveedor. Se enoja con vos. Tu socio comercial no rompe la relación con tu proveedor. La rompe con vos. El medio que titula la noticia no nombra a tu proveedor en el zócalo. Te nombra a vos.

    La cadena de suministro se contrata hacia abajo. La cuenta se paga hacia arriba.

    Lo que sí se puede hacer

    La buena noticia es que esto es ordenable. La mala es que ordenarlo no se hace en una tarde y no se hace solo.

    El primer paso es hacer la lista. Mapear, sin pudor, qué proveedores hay, qué información manejan, con qué nivel de acceso. La mayoría de las empresas que hacen este ejercicio por primera vez se sorprenden con la cantidad. Lo que no se ve, no se gestiona.

    El segundo paso es clasificar. No todos los proveedores son iguales. El que tiene acceso a tu base de clientes no es el mismo riesgo que el que te imprime las tarjetas personales. Categorizar permite invertir el esfuerzo donde realmente importa.

    El tercer paso es revisar los contratos. No con el comercial que te llama para venderte el upgrade, sino con la mirada legal y técnica que aplique hoy: ¿hay cláusulas de notificación de incidentes? ¿En qué plazo? ¿Hay derecho a auditar? ¿Se identifican los subcontratistas?

    El cuarto paso es auditar de verdad. No con una encuesta que el proveedor llena solo, sino con evidencias, pruebas, certificaciones verificables y conversaciones honestas con su equipo de seguridad. Los proveedores serios saben que esto es parte del juego y lo agradecen.

    El quinto paso es no terminar nunca. El ecosistema cambia, los proveedores cambian, las amenazas cambian. La gestión de riesgo de proveedores no es un proyecto que se entrega y se archiva: es una práctica continua.

    Volvé al lunes a la mañana del principio. El sistema caído. El soporte que no contesta. Esa escena no es un mal recuerdo. Es el primer minuto de un problema que ya empezó antes de que vos lo supieras. Empezó el día que firmaste un contrato sin preguntar. Siguió cada mes que pagaste la factura sin auditar. Y va a terminar el día que te llame el primer cliente preguntando dónde están sus datos.

    Esa llamada se puede evitar. No del todo, no para siempre, pero sí en buena medida. Lo que no se puede evitar es la pregunta que va a venir después del incidente: “¿Por qué nunca auditamos a este proveedor?” El momento de tener la respuesta es ahora, no después.

    Fuentes: Marks & Spencer (Reuters, BBC, Cybernews, mayo 2025); Jaguar Land Rover (Cyber Monitoring Centre UK, octubre 2025); NYC Health + Hospitals (aviso oficial, mayo 2026); Verizon Data Breach Investigations Report 2025; Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y proyectos de reforma (AAIP).

  • La cara prestada: cuando la IA pone en tu mano un producto que nunca tocaste

    La cara prestada: cuando la IA pone en tu mano un producto que nunca tocaste

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Para quienes no la siguen: Floppy Tesouro es modelo y figura mediática argentina, con presencia continua en televisión desde hace más de quince años. Pasó por Showmatch, Bailando por un Sueño, paneles, realities y campañas publicitarias, y construyó —como tantas figuras de su rubro— una comunidad de seguidores que la siguen en redes sociales y le prestan atención cuando recomienda algo. Esa atención es, hoy, su capital de trabajo. Y ese capital es precisamente lo que una marca le tomó sin permiso.

    La historia es sencilla de contar. Una empresa que vende nebulizadores tomó una selfie que Floppy había publicado en sus redes —se la ve en un ascensor, vestida de blanco, levantando el celular para fotografiarse en el espejo— y, mediante inteligencia artificial, le insertó en la mano libre un nebulizador portátil. La imagen resultante se difundió como si Floppy estuviera mostrando, recomendando o avalando el producto. Nunca lo hizo. Nunca firmó contrato. Nunca cobró. Nunca supo, hasta que la imagen empezó a circular y alguien se lo avisó. Cuando la modelo se quejó públicamente, la marca dio de baja sus redes sociales y, según ella misma contó, le pidió disculpas privadas con el argumento de que “no tomaron dimensión”.

    El detalle no es menor: un nebulizador no es una crema corporal. Es un dispositivo médico regulado por ANMAT. La supuesta recomendación de Floppy, además de inventada, opera sobre un producto vinculado a la salud, lo que multiplica el reproche por todos lados.

    El caso no es excepcional. Es la regla.

    Sería un error tratar esto como una rareza de la farándula. La manipulación de imágenes de personas conocidas para vender cosas que nunca avalaron es, hoy, una industria. Las plataformas de Meta —Facebook e Instagram— están saturadas de anuncios que usan caras de figuras públicas argentinas e internacionales, generadas con IA o editadas con herramientas de fotomontaje, para promocionar criptomonedas truchas, suplementos para adelgazar, productos para potencia sexual o cursos de inversión milagrosos. Mercado Libre ha tenido que dar de baja, de manera reiterada, publicaciones donde se atribuyen recomendaciones falsas a deportistas y conductores. En el exterior, Tom Hanks denunció el año pasado un aviso de cobertura odontológica en Estados Unidos que usaba su rostro sin permiso; Scarlett Johansson hizo lo propio cuando una app de IA usó una voz parecida a la suya en una campaña; y a Taylor Swift le fabricaron imágenes íntimas sintéticas que recorrieron las redes durante días antes de ser bajadas.

    El patrón es siempre el mismo. Alguien identifica una cara con poder de venta. Una herramienta de IA produce, en minutos y por monedas, una versión falsa de esa persona haciendo lo que el anunciante quiere que haga. La pieza circula. Los usuarios, que confían en quien aparece, hacen clic. Para cuando el reclamo legal llega, la campaña ya cumplió su objetivo y la cuenta del anunciante desapareció. Floppy tuvo la suerte —y los recursos— de detectar el caso a tiempo y mover una denuncia. La gran mayoría de las personas afectadas, famosas o no, ni se enteran.

    Lo que se rompe, capa por capa

    El derecho argentino tiene varias respuestas para esta conducta, y conviene revisarlas porque rara vez se aplica solo una.

    Derecho a la propia imagen. El artículo 53 del Código Civil y Comercial exige consentimiento para captar o reproducir la imagen de una persona, salvo excepciones de interés público, científico, cultural o educativo. La promoción de un nebulizador no entra en ninguna excepción. El artículo 31 de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, vigente desde 1933, exige también consentimiento expreso para el uso comercial del retrato fotográfico. Falta el consentimiento. La infracción se configura sola.

    Protección de datos personales. La Ley 25.326 considera dato personal toda información referida a una persona identificable. Una fotografía donde alguien es reconocible cumple esa definición sin discusión, y así lo viene sosteniendo la Agencia de Acceso a la Información Pública en sus dictámenes. El tratamiento de ese dato sin base legal —ni consentimiento, ni interés legítimo, ni ninguna otra— viola los artículos 4, 5 y 11 de la ley, con sanciones administrativas a cargo de la AAIP. Cuando la imagen se asocia a un producto médico y sugiere una condición de salud, la protección se eleva al régimen reforzado de datos sensibles del artículo 7.

    Defensa del consumidor y lealtad comercial. La Ley 24.240 prohíbe inducir a error al consumidor sobre las características o avales de un producto (artículos 4 y 8). La Ley 22.802 de Lealtad Comercial sanciona la publicidad engañosa. Un consumidor que ve a una figura conocida sosteniendo el nebulizador puede creer razonablemente que ella lo respalda. Esa creencia, falsa, es la que mueve la decisión de compra. Hay engaño. Hay daño. Hay responsabilidad.

    Materia penal. Si la marca obtuvo dinero de consumidores que creyeron en el aval inexistente, el artículo 172 del Código Penal (estafa) está disponible para discusión: hay ardid, hay error, hay disposición patrimonial. El artículo 173 inciso 16, incorporado por la Ley 26.388 de Delitos Informáticos, sanciona la defraudación mediante manipulación informática. Una IA generativa que inserta un objeto en la imagen de una persona y la difunde con fines comerciales es, literalmente, manipulación informática. Y la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, sumada a las regulaciones de ANMAT sobre publicidad de productos médicos, agrega otra capa de irregularidad: la promoción de dispositivos sanitarios requiere autorización previa que en este caso, evidentemente, no existió.

    Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires. La Ley 1472 ofrece dos puertas de entrada para este caso. Por un lado, las figuras tradicionales de oferta engañosa y suministro de información falsa al consumidor, que habilitan la intervención de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de CABA cuando la publicidad circuló en el ámbito local. Por otro —y es la puerta que mejor encuadra en lo ocurrido—, el artículo 77, incorporado por la Ley 6128 de 2018 dentro del nuevo capítulo de Identidad Digital de las Personas, tipifica la suplantación digital de la identidad. La norma sanciona a quien utiliza la imagen de una persona o crea una identidad falsa con su imagen mediante cualquier medio electrónico, sin su consentimiento, siempre que el hecho no constituya delito. La descripción típica calza con precisión sobre lo que ocurrió: se tomó la imagen de Floppy, se la combinó con un producto para construir la apariencia de que ella lo recomendaba, y todo se difundió por canales electrónicos sin su consentimiento.

    Daño civil. El artículo 52 del Código Civil y Comercial protege la imagen como derecho personalísimo, junto con el honor, la intimidad y la identidad. La indemnización por daño moral y patrimonial está reglada en los artículos 1737, 1738 y 1741. La acción procede aunque no haya intención de dañar: alcanza con haber usado la imagen sin consentimiento.

    El espejo europeo

    Si el mismo episodio hubiera ocurrido en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) sería el primer instrumento en aplicarse. El artículo 4.1 incluye la imagen identificable dentro de la definición de dato personal. El artículo 6 exige una base de licitud para tratar ese dato, base que aquí no existía. El artículo 9 protege con un régimen reforzado los datos relativos a la salud, categoría a la que la imagen se acercaba por el contexto del producto. El artículo 5 consagra el principio de exactitud: una imagen alterada por IA para sugerir un acto que no ocurrió viola ese principio de manera estructural. Y el Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea, aprobado en 2024, obliga a etiquetar de forma clara los contenidos generados o manipulados por IA, en particular los deepfakes con fines comerciales. La multa potencial, en el régimen europeo, puede alcanzar hasta el 4% de la facturación anual global de la empresa o veinte millones de euros, lo que sea mayor.

    El problema no es solo la marca. Es el modelo.

    Detrás de cada caso como el de Floppy hay una pregunta que la sociedad argentina viene esquivando: la publicidad de influencers, tal como funciona, ¿es regulable o es directamente incompatible con la protección al consumidor?

    El marketing de influencers se construyó, desde su origen, sobre una ambigüedad calculada entre opinión personal y publicidad paga. Esa ambigüedad es su modelo de negocio. Si el consumidor distinguiera con claridad cuándo le están vendiendo y cuándo le están recomendando, la herramienta perdería efectividad y, por lo tanto, valor. La IA simplemente lleva esa lógica un paso más allá: si el negocio consiste en producir confianza simulada, ¿para qué contratar a la persona real cuando una máquina puede fabricar la simulación directamente?

    Mientras la discusión normativa argentina sigue centrada en exigir hashtags de identificación (#publicidad, #ad, #colaboración) que casi nadie lee y casi nadie controla, países como Francia y España avanzaron en marcos más exigentes que incluyen registros públicos de influencers, prohibiciones específicas para productos sanitarios y financieros, y responsabilidad solidaria de las plataformas.

    No se trata de criminalizar a quienes trabajan en redes ni de impedir que las marcas se comuniquen con el público. Se trata de reconocer que un sistema construido sobre la confusión entre testimonio personal y contrato comercial es estructuralmente vulnerable al fraude, y que cuando la IA generativa entra en escena, esa vulnerabilidad pasa de problema teórico a problema masivo. El caso Floppy es un caso visible. Por cada caso visible hay decenas que no llegan a los medios: profesionales cuyas fotos de LinkedIn aparecen en anuncios de cursos truchos, médicos que se enteran de que su cara promociona un suplemento que jamás recetarían, docentes que descubren su imagen vinculada a un instituto educativo del que nunca fueron parte.

    La pregunta no es si Floppy va a ganar la causa. Probablemente la gane. La pregunta es cuántos casos parecidos están ocurriendo en este mismo momento, sin denuncia, sin reparación y sin que el sistema regulatorio argentino tenga herramientas suficientes para detenerlos.

  • Cuando un club de fútbol también es un hospital, un banco, un juzgado y un laboratorio

    Cuando un club de fútbol también es un hospital, un banco, un juzgado y un laboratorio

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Imaginate por un momento que sos padre o madre de un chico de 13 años que acaba de firmar su primer contrato con las inferiores de un club de fútbol. Para que el club lo evalúe, lo cuide y lo proyecte, no vas a entregar solamente una autorización firmada: vas a entregar su historia clínica completa, sus evaluaciones psicológicas, datos biométricos de seguimiento físico y nutricional, información económica de tu familia, certificados de antecedentes y, cada vez más seguido, su ubicación en tiempo real durante los entrenamientos. Confiás esa intimidad porque asumís que un club profesional la cuida con el mismo rigor con el que la cuidaría un hospital o un banco.

    Ese supuesto se acaba de romper en Europa, y la advertencia es válida para todos nosotros.

    Una multa de 66.000 euros que no es la noticia

    La Real Sociedad, uno de los clubes históricos de la liga española, sufrió un ataque de ransomware que expuso los datos de unas 60.000 personas: jugadores, empleados, juveniles, familiares, profesionales del cuerpo médico. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) investigó el incidente y detectó un combo difícil de explicar en una entidad de ese porte: información de categoría especial —salud, biometría, antecedentes penales— almacenada sin cifrado; copias de seguridad conviviendo en los mismos servidores comprometidos; y una red interna sin segmentación, donde bastó un equipo personal infectado para que el ataque se expandiera por toda la infraestructura.

    La sanción fue de 110.000 euros, reducida a 66.000 por pago voluntario. Pero la multa, en este caso, es lo menos importante. Lo verdaderamente relevante es el diagnóstico que viene atrás: no estamos frente a una desprolijidad puntual, sino frente a un modelo de gestión de riesgos que no se corresponde con el volumen y la sensibilidad de la información tratada.

    Lo que este expediente revela es un problema cultural que excede largamente a un club. Se trata de la convicción —tan extendida en el mundo del deporte profesional— de que las entidades deportivas son “solo” clubes, y no organizaciones intensivas en datos críticos. La realidad es otra, y conviene decirla con todas las letras.

    Un club de élite hoy es, simultáneamente, una clínica (por el volumen de datos de salud, rendimiento y rehabilitación), una entidad financiera (por la información económica de contratos, comisiones, primas y patrimonio familiar), un juzgado en miniatura (por los certificados de antecedentes que exige procesar para trabajar con menores) y un laboratorio biométrico (por la captura permanente de variables fisiológicas de los jugadores). Todo eso, en una sola estructura que muchas veces sigue gestionando la seguridad de la información como si su mayor exposición fuera la cuenta de Instagram del primer equipo.

    El RGPD —como debería ocurrir con cualquier régimen serio de protección de datos— no hace excepciones por escudos, colores o cantidad de hinchas. La obligación de aplicar medidas de seguridad adecuadas al riesgo es la misma que la de cualquier hospital o aseguradora. Y, sin embargo, los hallazgos de la AEPD parecen describir una organización que todavía no terminó de asumir esa equivalencia.

    El espejo incómodo para Argentina y la región

    Si esto pasa en España, donde el RGPD lleva años de implementación y la AEPD tiene un historial activo de sanciones, la pregunta inevitable es qué está pasando en el ecosistema deportivo argentino y regional.

    ¿Cuántos clubes de primera división tienen hoy una política formal de gobierno de datos, segmentación de red, cifrado sistemático de información sensible y un plan probado de respuesta ante incidentes? ¿Cuántos cuentan con un responsable identificable de privacidad? ¿Cuántos aplican un enfoque de protección reforzada para los datos de los menores que pasan por sus divisiones inferiores, sus predios formativos y sus escuelitas de fútbol?

    Las respuestas, hoy por hoy, son incómodas.

    Lo más preocupante es que la fragilidad crece a medida que bajamos de categoría. Si un club con los recursos de la Real Sociedad llegó hasta acá, ¿cuál es el estado real de la seguridad en clubes del ascenso, en federaciones con estructuras mínimas o en las academias privadas que captan chicos desde los seis o siete años?

    Qué tiene que cambiar, en serio

    El caso Real Sociedad debería servirnos como punto de inflexión, no como anécdota internacional. No alcanza con un antivirus, una copia de seguridad ocasional y la delegación de todo “al área de sistemas”.

    No hay misterio sobre qué hay que hacer: los estándares están escritos hace años y son los mismos que cualquier hospital o entidad financiera viene aplicando desde hace tiempo. Pero conviene enumerarlos, porque a veces lo evidente es justo lo que falta. Hace falta una política clara de gobierno de datos que defina qué información se trata, con qué finalidad, durante cuánto tiempo y con qué base de legitimación. Hace falta cifrado sistemático de la información sensible —salud, biometría, antecedentes, datos de menores— tanto en tránsito como en reposo. Hace falta segmentación de la red interna, de modo que un equipo comprometido no pueda contaminar toda la infraestructura. Hacen falta copias de seguridad aisladas, idealmente bajo la regla 3-2-1 y con al menos una copia offline. Y hace falta, sobre todo, un plan de respuesta ante incidentes probado, que involucre a la dirigencia, al cuerpo médico, a recursos humanos y a los asesores legales, no únicamente a sistemas.

    Sería deseable, además, que las autoridades de control de la región —en nuestro caso, la AAIP— impulsen guías sectoriales específicas para entidades deportivas, fijando expectativas mínimas y buenas prácticas adaptadas a una realidad muy particular. Y que las propias federaciones y ligas asuman un rol activo: la seguridad de los datos de los jugadores y sus familias no puede depender de la voluntad o el presupuesto de cada club.

    Volvamos un momento al chico de 13 años del principio. Su historia clínica, sus evaluaciones, su ubicación en tiempo real durante los entrenamientos. Su intimidad, en definitiva, viajando por servidores que sus padres nunca van a ver y por redes que nadie les explicó. La protección reforzada de los datos de menores no es un capítulo más de la agenda: es el eje no negociable sobre el que debería ordenarse todo lo demás.

    Porque la próxima brecha no se va a medir solamente en euros, dólares o pesos de multa. Se va a medir en la confianza de quienes entregaron lo más íntimo de sus vidas creyendo que su club también los iba a cuidar fuera del campo de juego. Esa confianza, cuando se rompe, no la recupera ni el mejor fichaje de la temporada.

  • El mapa que anticipó el golpe: La ANPD sanciona a una organización de salud y confirma sus propias prioridades para 2026-2027

    El mapa que anticipó el golpe: La ANPD sanciona a una organización de salud y confirma sus propias prioridades para 2026-2027

    Por Daniel Monastersky – www.danielmonastersky.com

    Cerca de 78.772 chicos y 47.921 personas mayores tienen algo en común, aunque nunca se hayan cruzado: sus historias clínicas, sus diagnósticos, sus internaciones quedaron expuestos cuando un grupo de ransomware secuestró los sistemas de la organización social que gestiona unidades públicas de salud en distintos estados de Brasil. En total, alrededor de 500.000 pacientes. El ataque ocurrió en 2025 y la propia entidad lo comunicó a la Agencia Nacional de Protección de Datos, la ANPD. Pero comunicar un incidente no es lo mismo que gestionarlo bien, y ahí es donde empieza esta historia.

    La ANPD abrió un Proceso Administrativo Sancionador porque, según su investigación, la organización no logró demostrar que había adoptado medidas técnicas y administrativas adecuadas para proteger esa información. Tampoco avisó a los pacientes de manera individual: se limitó a publicar un comunicado en su sitio web, que ni siquiera detallaba la fecha del ataque, qué datos se habían visto comprometidos o qué perfil tenían los afectados. La entidad intentó minimizar el hecho, argumentando que los atacantes solo habían accedido a información administrativa y a contratos ya vencidos. La Agencia no le encontró sustento técnico a esa versión. Y encima faltaba algo tan básico como informar quién era el encargado de tratamiento de datos personales en la organización, una exigencia elemental de la LGPD.

    Lo que sigue ahora es previsible: diez días hábiles para presentar su defensa, y si se confirman las infracciones, sanciones que van desde una advertencia hasta multas de hasta el 2% de la facturación, pasando por la suspensión de las actividades de tratamiento de datos. Nada nuevo bajo el sol regulatorio brasileño, salvo por un detalle que cambia la lectura de todo el caso: este episodio no es un hecho aislado, es la puesta en práctica de una hoja de ruta que la ANPD ya había anunciado.

    A fines de diciembre de 2025, la Agencia publicó el Mapa de Temas Prioritários para el bienio 2026-2027, a través de la Resolução CD/ANPD nº 30. El documento no es un simple comunicado institucional: es, literalmente, el aviso previo de dónde va a poner la lupa el regulador brasileño durante los próximos dos años. Y define cuatro ejes. El primero, los derechos de los titulares, con foco explícito en datos sensibles: biometría, salud, información financiera y todo dato que pueda derivar en discriminación o exclusión social. El segundo, la protección de niños, niñas y adolescentes en el entorno digital, exigiendo que la verificación etaria y los controles parentales dejen de ser un casillero tildado en un formulario de compliance y pasen a funcionar de verdad. El tercero, el tratamiento de datos por parte del Estado, con especial atención a la biometría, los registros sociales y la salud pública. Y el cuarto, la inteligencia artificial aplicada al tratamiento de datos personales, con exigencias de transparencia algorítmica y mitigación de sesgos que llegan antes de que exista un marco legal específico para la IA en Brasil.

    Leído en conjunto, el mensaje de la ANPD es difícil de ignorar: el caso de la organización social no es una anécdota aislada, es exactamente el tipo de situación que el regulador anticipó que iba a perseguir con más fuerza. Salud, datos sensibles, sector público, falta de comunicación adecuada a los titulares: los cuatro elementos del caso calzan casi perfectamente con los cuatro ejes del mapa. Y no es la primera vez que un organismo vinculado a la salud pública brasileña queda en la mira. Ya en 2024, la ANPD había sancionado al Ministerio de Salud por no haber designado a tiempo un encargado de datos y por no presentar los Informes de Impacto a la Protección de Datos que la propia Agencia le había solicitado. La designación del encargado, de hecho, recién llegó después de iniciado el proceso sancionador. El patrón se repite: gobernanza tardía, respuesta reactiva, subestimación del riesgo hasta que el regulador golpea la puerta.

    Para quienes trabajamos en protección de datos en América Latina, este caso deja una comparación difícil de esquivar. En Argentina todavía discutimos actualizar una ley de 2000 que quedó desactualizada frente al RGPD europeo y a la propia LGPD brasileña, mientras Brasil ya construyó una autoridad de datos con capacidad sancionadora real, con mapas de fiscalización públicos y con jurisprudencia administrativa acumulada. La lección no es solo brasileña: es sobre qué pasa cuando una organización de salud, pública o social, trata datos de cientos de miles de personas sin haber invertido en gobernanza antes de que ocurra el incidente. Un plan de respuesta a incidentes que no se ensayó nunca, una comunicación a los titulares pensada como trámite y no como obligación sustantiva, un encargado de datos que existe en el papel pero no en los hechos: todo eso se paga, tarde o temprano, y en este caso se paga con datos de salud de casi 80.000 chicos.

    La pregunta que le queda a cada organización que maneja datos sensibles, esté en Brasil, en Argentina o en cualquier país de la región, es simple: si mañana la autoridad de protección de datos de tu país pidiera evidencia técnica de las medidas de seguridad implementadas, ¿la tendrías lista, o recién empezarías a armarla?

    Nota metodológica: la información sobre el caso de la organización social proviene de un artículo de IBDCNI del 9 de julio de 2026, que cita como fuente primaria a gov.br/anpd. Los datos sobre el Mapa de Temas Prioritários 2026-2027 surgen del comunicado oficial de la ANPD y de análisis coincidentes de varios estudios jurídicos brasileños (Martinelli Advogados, Trench Rossi Watanabe, TI Inside, Café com Bytes, Data Guide). El precedente del Ministerio de Salud se basa en un artículo de Maeda, Ayres & Sarubbi Advogados.